Economía solidaria
La “economía solidaria” es un término especialmente utilizado en Francia, América Latina y Quebec. Claramente, el término expresa la solidaridad como el rasgo principal de este tipo de economía a diferencia de la economía capitalista convencional. En América Latina, este término se utiliza para cubrir una amplia gama de iniciativas. En otras regiones (Francia y Quebec), este término ha sido promovido para diferenciar los componentes establecidos de la economía social (por ejemplo, cooperativas, asociaciones, sociedades mutuales) y los mecanismos y organizaciones solidarios más recientes. (OIT, 2011: 11).
Fraisse, Ortiz y Boulianne (2001) afirman que la economía solidaria designa al conjunto de las actividades de producción, distribución y consumo que contribuyen a la democratización de la economía a partir de compromisos ciudadanos tanto a escala local como global. Se practica bajo distintas modalidades en todos los continentes. Recubre las diferentes formas de organización que utiliza la población para crear sus propios recursos de trabajo o para acceder a bienes y servicios de calidad, en una dinámica de reciprocidad y solidaridad que articula los intereses individuales entorno al interés colectivo. En este sentido, la economía solidaria no es un sector de la economía, sino una actuación global que abarca iniciativas en la mayoría de los sectores económicos.
Da Ros (2007) afirma que la expresión “economía solidaria” se remonta a finales de la década de los años ochenta del siglo pasado. La temática se desarrolla en dos niveles: uno teórico-académico y otro práctico en el área de la llamada economía de la inserción y de los servicios de proximidad (se hace referencia a la creación de puestos de trabajo para ayuda familiar a domicilio).
La principal misión de las empresas de inserción social es promover la integración socio-laboral de colectivos marginados: jóvenes sin formación ni experiencia laboral; ex toxicómanos; ex recluidos; personas mayores de 45 años con baja formación o formación obsoleta; madres solteras, abandonadas o separadas; minorías étnicas e inmigrantes; otros colectivos con problemas personales y sociales, como los sin techo; y los discapacitados físicos y psíquicos. Para la reintroducción (o primera inserción) de estos colectivos se crean diferentes actividades mercantiles, pues emplear lo económico como mecanismo de inserción social se ha revelado como una estrategia acertada, lo que ha permitido superar ópticas de intervención de tipo puramente asistencialista (Coque y Pérez, 2002: 5).
Las organizaciones de la economía solidaria, que intentan aportar respuestas ante el desempleo estructural, las necesidades insatisfechas por el mercado y el sector público, agrupan, por lo general, a una diversidad de actores sociales mientras que las asociaciones tradicionales de la economía social (cooperativas y mutuales) reúnen a categorías de miembros más homogéneos. Es en lo que radica la fundamental diferencia entre la economía solidaria y la economía social.
Borge y Li (2015) afirman que América Latina ha estado tratando de organizar su propio concepto de economía social. Se perciben diferentes orientaciones, unas más marcadas por el espíritu empresarial y otras, quizás la de mayor tendencia más de orden asistencial. Así lo constata Guerra (2012:6) cuando se refiere a que en América Latina la irrupción del concepto de economía social coincide en el tiempo con el de la economía solidaria y delimita dos orientaciones, una que denomina la clásica en la que los académicos y actores sociales, adoptan la idea de la economía social tal como fue concebida a partir de los años setentas por los europeos y otra de orientación paternalista que surge a finales de los noventa fundamentalmente en el campo de las políticas públicas como una visión más bien minimalista sobre la economía social, esto es, entendiendo por ésta, un conjunto de políticas dirigidas a incluir socialmente a los sectores más vulnerables de la población. En el siguiente aparatado se realiza la distinción entre la economía social y la economía solidaria.
Acerca de los autores: La Dra. Analaura Medina Conde es Doctora en Argumentación jurídica por la Universidad Autónoma de Tlaxcala, posee un Posdoctorado por la Universidad de Zaragoza en España y es miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SIN) Nivel I.
El M.A. Uziel Flores Ilhuicatzi es candidato a Doctor en Contabilidad y Finanzas por la Universidad de Zaragoza, España. Licenciado en Contaduría Pública y Maestría en Administración con especialidad en (Tributaría) por la Universidad Autónoma de Tlaxcala.
Por: Dra. Ana Laura Medina Conde y M.A. Uziel Flores Ilhuicatzi,
Profesores del Departamento de Estrategias Financieras y Contaduría Pública, UDLAP
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