La miscelánea fiscal 2015 una muestra más del e-gobierno

La miscelánea fiscal 2015 una muestra más del e-gobierno

Las reformas a la ley son una característica importante en los últimos sexenios, sin embargo, en este periodo presidencial ha sido una cualidad particular, caracterizada por cambios sustanciales, incluso en los procedimientos en las formas de cumplimiento de obligaciones; tal es el caso de las obligaciones fiscales y las nuevas formas de relación tributaria entre el ciudadano y el e-gobierno.

El concepto tradicional de ventanilla de atención está cambiando vertiginosamente a una página en internet, que da muchas ventajas a los contribuyentes, sobre todo en materia de ahorro de tiempo y recursos humanos, planeación de la entrega de información y formas de pago. El lado opuesto de la moneda es, sin duda, que el manejo de estas herramientas cada vez se vuelve más tecnificado, excluyente y, en algunas de las ocasiones, poco comprensibles para el grueso de los contribuyentes, la dependencia a las nuevas tecnologías en materia tributaria conlleva sus riesgos inherentes al desconocimiento de la operación de las mismas o el mal manejo de la información.

El e-gobierno es un concepto poco conocido pero desde hace algunos años puesto en práctica y, en la miscelánea fiscal 2015, fue evidente que en la publicación de la resolución de modificaciones a sus anexos, contiene términos asociados a las nuevas tecnologías que muy probablemente sean desconocidos para la población en general. Sin embargo, ya están en operación y las personas físicas y morales no podrán darse el lujo de desconocerlos e implantarlos como nuevos procesos y formas de comunicación de cumplimiento directa.

Una muestra del proceso que se puede calificar de exitoso es que, para los efectos de presentación, de declaración anual del ejercicio inmediato anterior, mediante formato electrónico que determine saldo a favor los contribuyentes, podrán solicitar a las autoridades fiscales devolución de dicho saldo a favor, esto por supuesto contando con el archivo certificado denominado como FIEL, otorgado por la autoridad fiscal. Este procedimiento deberá ser acompañado por el formato electrónico correspondiente, el número de cuenta bancaria activa para transferencias electrónicas a 18 dígitos CLABE, el nombre del titular y el nombre de la institución bancaria, en el cual se encuentra la cuenta. Los resultados de los procesos de solicitud de devolución pueden ser verificados en la página del SAT, en el Menú «Tramites/Consultas/Declaraciones» y «trámites/DevolucionAutomatica» todo lo anterior con la clave en el RFC y contraseña.

Es en este ejemplo que, como en muchos otros, al estar el procedimiento en una disposición legal publicada por el diario oficial de la federación, donde se complimenta la hipótesis, hemos llegado a la era del gobierno electrónico y, conozcamos el concepto o no, ya estamos sumergidos en esta nueva relación: gobierno/contribuyente.

Acerca del autor: Elizabeth Espinoza Monroy es Doctora en derecho con Mención Honorífica, por la Universidad Panamericana. Cuenta con una Maestría en Investigación y Docencia por la Universidad Nacional Autónoma de México, en la que obtuvo Mención Honorífica. Fue becaria CONACYT por la investigación titulada «Proyecto de Modelo para la Educación Jurídica Superior (Vida en el Aula)», dentro del sistema de Excelencia del Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Asimismo, obtuvo una beca, otorgada por el CONACYT por la investigación titulada «La educación jurídica superior», para la realización de estudios de Posgrado. Desde 2009 es miembro del Sistema Nacional de Investigadores CONACYT «C». Ha colaborado en estudios realizados en conjunto entre México y la Unión Europea y la Secretaria de Educación Pública Federal a través de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación sobre los retos planteados para la internacionalización de la educación superior y las herramientas desarrolladas para facilitar la cooperación académica y la movilidad estudiantil. Autora de diversos artículos relacionados a la investigación en revistas jurídicas especializadas, ha publicado el libro Paradigmas de la educación jurídica de la editorial Porrúa, actualmente es profesor de tiempo completo de la Universidad de las Américas Puebla.

Por: Dra. Elizabeth Espinoza Monroy
Profesora de tiempo completo del Departamento de Derecho de la UDLAP
elizabeth.espinoza@udlap.mx

Disponible formato PDF

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