¿Es la vivienda en arrendamiento un bien constitucionalmente protegido? (parte II)

¿Es la vivienda en arrendamiento un bien constitucionalmente protegido? (parte II)

Al parecer el Plan Nacional de Vivienda 2014-2018 recoge la necesidad de extender la cobertura constitucional a la «vivienda en renta». En una tendencia incluyente a diversas formas de vida –que incorpora además del ya tradicional «hogar nuclear», otros, como los ampliados, compuestos, unipersonales, corresidentes y recién constituidos, (que incluye también a familias migrantes)– el documento traza una distinción entre las preferencias reales de vivienda entre estos grupos.

De esta forma, los hogares nucleares, ampliados y compuestos, muestran preferencia por la vivienda propia, frente a los unipersonales, corresidentes y recién constituidos que «encuentran en el arrendamiento la mejor solución habitacional». El plan, de manera breve, reconoce los siguientes puntos:

  1. La figura del arrendamiento como una ampliación del acceso a la vivienda.
  2. La necesidad que existe de que bajos niveles salariales puedan acceder a una vivienda intraurbana (y no conurbada, en donde suelen edificarse las casas de interés social) cuya compra requiere una fuerte inversión.
  3. Necesidad de movilidad laboral que ve en el arrendamiento una mejor opción.
  4. El reto de revisar los instrumentos legales que garanticen la seguridad para el arrendador y el arrendatario, y el diseño de políticas públicas y programas, mediante los cuales se vuelva más accesible la renta de una vivienda.

¿Qué se sigue de todo esto? Ciertamente un diseño orientado a accesibilizar los costos de las viviendas en arrendamiento, el cual deberá partir de la oferta presente en manos de particulares, así como la planeación de oferta pública o social de parte del Estado (que se alejen del modelo ya implementado de rentas congeladas).

Del mismo modo, habrá que reflexionar sobre un sistema de estímulos fiscales también extensivo a arrendatarios; la regulación del mercado inmobiliario, los topes de las financiaciones, la especulación (tendencia creciente en estudios del FMI y en la actividad parlamentaria europea) que, en suma, conlleven a contener los precios de las rentas (que según los expertos tienden a estar en el 1% del precio del mercado) y que, hoy por hoy, hacen difícil pensar que el derecho de acceso a la vivienda se proteja en los actuales esquemas de arrendamiento en nuestro país.

Acerca del autor: Maestría en Argumentación Jurídica, Universidad de Alicante. Licenciatura en Derecho, Escuela Libre de Derecho.

Por: Mtra. Kira Ciofalo Lagos
Profesora de tiempo completo del Departamento de Derecho, UDLAP
kira.ciofalo@udlap.mx

Disponible formato PDF

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