El uso de la energía eléctrica es un derecho humano

El uso de la energía eléctrica es un derecho humano

A partir de la segunda revolución industrial, la energía eléctrica se ha constituido en un bien común, y es a través de ésta que podemos conservar alimentos, medicinas, contar con ventilación, servicios de seguridad, telecomunicaciones, utensilios de higiene, etcétera. Por otro lado, el efecto en la fuerza de trabajo es mayor, la mayoría de los aparatos que se utilizan en la industria se abastecen de energía eléctrica. Todo ello gracias a que la energía eléctrica puede transformarse en otro tipo de energía, como calor o energía mecánica.

Considerar a la energía eléctrica  como un derecho humano, o bien, un derecho para el desarrollo del bienestar común, es porque a través de ésta las personas pueden tener una mejor calidad de vida, lo que da al ser humano igualdad y dignidad, es por eso que los gobiernos se ven obligados a generar políticas públicas enfocadas a llevar a un mayor alcance poblacional, aunque esto no quiere decir que sea accesible al 100% pues a pesar de que en algunos países de Latinoamérica este servicio goza de subsidio, no en todos es la misma historia.

Para comprender el equilibrio entre la distribución de energía eléctrica, debemos conocer cómo se consume, es decir: hay comunidades que derrochan la energía eléctrica porque pueden pagar un consumo desmedido, eso causa un grave desequilibrio a nivel mundial. Cuando las empresas transnacionales ubican sus plantas de transformación en países subdesarrollados, los gobiernos ofrecen a las multinacionales oportunidades de inversión con medidas ambientales menos severas que las que tendrían que cubrir en sus países matriz. Esto debilita, en consecuencia, una distribución de gasto eléctrico social y perjudica gravemente la conservación del medio ambiente.

Establecer una verdadera política social sobre el uso de la energía eléctrica no es generalizar el subsidio, sino equilibrar su gasto y costo en función de que llegue a las comunidades más vulnerables de forma gratuita.

Acerca del autor: Elizabeth Espinoza Monroy es Doctora en derecho con Mención Honorífica, por la Universidad Panamericana. Cuenta con una Maestría en Investigación y Docencia por la Universidad Nacional Autónoma de México, en la que obtuvo Mención Honorífica. Fue becaria CONACYT por la investigación titulada «Proyecto de Modelo para la Educación Jurídica Superior (Vida en el Aula)», dentro del sistema de Excelencia del Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Asimismo, obtuvo una beca, otorgada por el CONACYT por la investigación intitulada «La educación jurídica superior», para la realización de estudios de Posgrado. Desde 2009 es miembro del Sistema Nacional de Investigadores CONAC y T «C». Ha colaborado en estudios realizados en conjunto entre México y la Unión Europea y la Secretaria de Educación Pública Federal a través de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación sobre los retos planteados para la internacionalización de la educación superior y las herramientas desarrolladas para facilitar la cooperación académica y la movilidad estudiantil. Autora de diversos artículos relacionados a la investigación en revistas jurídicas especializadas, ha publicado el libro Paradigmas de la educación jurídica de la editorial Porrúa, actualmente es profesor de tiempo completo de la Universidad de las Américas Puebla

 

Por: Dra. Elizabeth Espinoza Monroy

Profesora de tiempo completo del Departamento de Derecho, UDLAP.

elizabeth.espinoza@udlap.mx

 

Disponible formato PDF

 

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