El inicio de las Afores en México

El inicio de las Afores en México

La reforma al sistema de pensiones mexicano de 1997 era urgente y forzosa, la carga fiscal para el pago de pensiones de los trabajadores hubiera sido insostenible para el gobierno federal en el largo plazo; esto se debe entre otros factores, a la creciente esperanza de vida y el decremento del índice de natalidad en México, por lo que, el dinero recaudado no sería suficiente para el pago de las pensiones de los trabajadores en el futuro ya que con el paso del tiempo existen más adultos en edad de jubilación y menos jóvenes para financiar sus pensiones.

Hasta 1996, el sistema de pensiones para los mexicanos afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se basaba en un esquema de beneficio definido; es decir, los trabajadores sabían cuánto iban a recibir de pensión de por vida, sin importar si lograban o no acumular lo necesario para el pago de dicha pensión vitalicia. En ese esquema, el gobierno federal es el encargado de pagar el déficit en el sistema de pensiones.

A consecuencia del llamado “error de diciembre de 1994”, el entonces presidente de México Ernesto Zedillo, inicia el cambio del sistema de pensiones mexicano como una medida para incrementar el ahorro interno del país utilizando los fondos de la seguridad social. Así fue que, el 21 de diciembre de 1995 se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la nueva Ley del Seguro Social (Congreso d. l., 1995), con un esquema de contribución definida, en dónde se establece que cada trabajador contará con un fondo en una cuenta individual en una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y que cada trabajador amparado por esta Ley deberá acumular en su cuenta individual durante su vida laboral su pensión hasta los 65 años, el trabajador gozará de un beneficio equivalente a lo que logre ahorrar, considerando que si cumple con las 1250 semanas cotizadas contará con una cantidad suficiente para el pago de su pensión en anualidades respecto a los años remanentes del asegurado comparado con la expectativa de vida estimada; en caso de no ser suficiente la cantidad ahorrada para la contratación de un plan de pensión, entonces el gobierno subsidiará su pensión mínima garantizada de un salario mínimo, sólo si acumuló las 1250 semanas cotizadas. Respecto a los asegurados que no cotizaron las 1250 semanas presentará ante la Afore la negativa de pensión por parte del IMSS y reclamará el monto retenido y la Afore lo liquidará en una sola exhibición.

Los trabajadores que cotizaron al IMSS antes del 1º de julio de 1997 pueden optar por el régimen de 1973, el cual les garantiza una pensión 100% del promedio de su salario base de cotización de los últimos cinco años, si cuentan con al menos 500 semanas cotizadas y 65 años de edad. Mientras que los trabajadores del estado, que cotizaron antes de la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE (Congreso d. l., 2007), pueden apegarse al Artículo Décimo Transitorio de la misma Ley, dónde necesitan al menos, 28 años de cotización para mujeres y 30 años para hombres. El monto de la pensión se calculará considerando el sueldo base del último año inmediato al año de baja y edad mínima (en el año 2010) de 49 años para mujeres y 51 para hombres, la edad se incrementa un año, cada año par; en 2019 la edad mínima de jubilación para mujeres es de 53 y para hombres de 55; estas edades se incrementarán hasta llegar, en el año 2028, a 58 años para mujeres y 60 para hombres. Como se muestra en la tabla siguiente:

Año Mujeres Hombres
2010 49 años 51 años
2012 50 años 52 años
2014 51 años 53 años
2016 52 años 54 años
2018 53 años 55 años
2020 54 años 56 años
2022 55 años 57 años
2024 56 años 58 años
2026 57 años 59 años
2028 58 años 60 años

 Tabla Esquema de jubilación ISSSTE personal dado de alta antes de jul1997

Los trabajadores que cotizaron después de la entrada en vigor de la nueva Ley tendrán que apegarse al esquema de las Afores.

Después de más de 20 años de la implementación del nuevo sistema de pensiones se empezará a observar el impacto real en los ingresos de los pensionados por esta nueva legislación, en la comunidad UDLAP debemos tomar conciencia de la base teórica de éstos cálculos y así tomar medidas responsables para completar y complementar nuestra futura pensión.

Referencias

  • Congreso, d. l. (21 de 12 de 1995). Diario Oficial de la Federación. Obtenido de Instituto Mexicano del Seguro Social:
  • http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lss/LSS_orig_21dic95.pdf
  • Congreso, d. l. (31 de 03 de 2007). Secretaría de Gobernación. Obtenido de Diario Oficial de la Federación:
  • http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=4967057&fecha=31/03/2007

Acerca del autor: Nora Gavira Durón tiene una licenciatura en Actuaría con conocimiento en Matemáticas; así como en Seguros y Fianzas, por la Universidad Nacional Autónoma de México, una maestría en Ingeniería con Especialidad en Ingeniería de Sistemas emitido por la misma universidad, una maestría en Finanzas por el Instituto de Estudios Universitarios de Puebla y un doctorado en Ciencias Económicas con Especialidad en Finanzas por el Instituto Politécnico Nacional en donde recibió una mención honorífica. Asimismo, realizó una especialidad en Administración de Riesgos Financieros por la misma institución.

Tiene 15 años como consultora y 20 años como docente. En el campo laboral ha trabajado como Consultor Independiente de Riesgos, en dónde realiza trabajos de consultoría a las Compañías del sector financiero, como Bancos, Aseguradoras y Reafianzadoras, en la implementación de Gobierno Corporativo y documentación de los procesos que acompañan al mismo. Imparte cursos y asesoría en temas relacionados con Solvencia II y Basilea III, Administración de Riesgos financieros y no financieros. También realiza auditorías de riesgos a Bancos, aseguradoras y afianzadoras. Ha impartido cursos a La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en temas como Administración del Riesgos de crédito y Productos financieros Derivados. Trabajó en el Fideicomiso de Fomento Minero (FIFOMI), como encargada del Área de Administración de Riesgos en dónde realizó el Manual de Políticas, Procedimientos y Metodologías para la Administración Integral de Riesgos, desarrolló políticas y procedimientos para determinar, mitigar y controlar los riesgos de mercado, crédito, liquidez, operacional, tecnológico y legal; así como las metodologías aplicables para el cálculo del Valor en Riesgo de Mercado, Crédito y Liquidez. Realizó análisis de crédito de los posibles clientes, para determinar la viabilidad de sus créditos; así como el desarrollo metodologías para determinar la probabilidad de incumplimiento de los mismos. 

Académicamente ha sido profesora de tiempo parcial en la Facultad de Ciencias de la UNAM y en la ENP de la UNAM por 20 años, está certificada como asesora en línea por UNAM en diversas materias de matemáticas y economía. Actualmente es profesora de Tiempo Completo de la Universidad de las Américas Puebla y se encuentra trabajando en un proyecto de investigación sobre “Implementación de Solvencia II y su impacto económico en Afianzadoras mexicanas”. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores Nivel Candidato (SNI-Candidato)

 

Por: Dra. Nora Gavira Durón.

Profesora de tiempo completo del departamento de banca e inversiones

Coautoría:Mtra. Cinthya Moreda Gonzalez Ortega.

 

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